a) Los que previamente concertados presencian el hecho sin tomar parte en él: aquí el “concierto” es lo más importante, ya que esto hace que se aumente la fuerza y el poder de los ejecutores con su presencia, ejemplo: el típico “pato taje”; va un grupo a golpear a un tipo, solo el que tuvo el problema lo golpea, pero los demás lo apoyan, sólo miran, pero aumenta la fuerza y seguridad.
Las hipótesis del artículo 15 n° 3, constituyen conductas de complicidad ya que en ambas cooperan; excepto el intelectual, este es directo, pero el código los considera autores y los sanciona como tales.
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